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Evolución del Patrimonio de los Servidores Públicos

En términos de lo dispuesto por el artículo 108, último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de su homólogo en las constituciones políticas estatales, así como por la Ley de Responsabilidades Administrativas de los distintos órdenes de gobierno, toda persona que ingrese al servicio público, tiene la obligación de presentar, entre otras, su declaración patrimonial, la cual en términos de dicha ley, puede ser objeto de revisión por parte de las instancias de control interno a través de investigaciones o auditorías, a efecto de verificar la evolución de su patrimonio, el de sus dependientes económicos y el de su cónyuge.

Si ésta consiste en un incremento de tu patrimonio, que no sea explicable o justificable en virtud de tu remuneración como servidor público, la autoridad investigadora te solicitará que le aclares el origen de dicho incremento, si no lo aclaras ni justificas, procederá a emitir el acuerdo de calificación de la falta respectiva, posteriormente el informe de presunta responsabilidad administrativa, y lo remitirá al área de responsabilidades, a fin de que te inicie el procedimiento disciplinario previsto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas o en la ley de responsabilidades administrativas de tu estado, según sea el caso, pudiendo formular una denuncia penal ante el Ministerio Público por el delito de enriquecimiento ilícito.

Si la inconsistencia trata únicamente de diferencias detectadas entre tus declaraciones patrimoniales que no impliquen un incremento de tu patrimonio, te iniciarán una investigación y posteriormente el procedimiento previsto en la referida ley general o la ley de tu entidad federativa, con el propósito de determinar si existe responsabilidad administrativa de tu parte.

Si fuiste requerido para que aclares incrementos en tu patrimonio, es muy importante que contactes lo antes posible a un abogado experto en el manejo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas o de la ley de responsabilidades administrativas de tu entidad federativa, a efecto de que te asesore sobre el cómo debes atender la solicitud de aclaración formulada por la autoridad competente, indicándote qué documentación necesitas presentar para responder satisfactoriamente el requerimiento de que se trata, ya que si no logras aclarar a la autoridad el incremento detectado, emitirá acuerdo de calificación, posteriormente el informe de presunta responsabilidad administrativa, y lo remitirá al área de responsabilidades, a fin de que te inicie el procedimiento previsto en la Ley General de Responsabilidades Administrativas o en la ley de responsabilidades administrativas de tu estado, según sea el caso, pudiendo formular una denuncia penal ante el Ministerio Público por el delito de enriquecimiento ilícito.

En IUS CERTUM contamos con un equipo de profesionales en el derecho con amplia experiencia y conocimiento en los procedimientos establecidos en la ley de responsabilidades administrativas de los distintos órdenes de gobierno, tales como los relativos a la evolución patrimonial de los servidores públicos.

Somos la mejor alternativa para los servidores públicos y particulares en la defensa de sus derechos contra actos de autoridad de las instancias de control interno y externo que afecten sus intereses, ya que tenemos más de 20 años de experiencia en el sector público, especializándonos en materias de fiscalización, investigación de faltas administrativas y substanciación y resolución de procedimientos de responsabilidades administrativas.

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